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Los autónomos que cotizan por cuenta ajena podrán pedir la devolución del 50% del exceso de sus cotizaciones en 2008

Las cosas van cambiando poco a poco y para bien para el trabajador autónomo. Esta es la principal novedad que recoge la Orden de Cotización a la Seguridad Social para 2009. Además, se establecen los topes máximos y mínimos y los tipos de cotización correspondientes a los distintos regímenes del sistema.

Los trabajadores autónomos que en 2008 hayan desarrollado simultáneamente un trabajo por cuenta ajena y, por tanto, hayan cotizado por contigencias comunes tanto en el Régimen General como en el Especial de Trabajadores Autónomos (Reta), por una cantidad igual o superior a 10.440 euros, podrán solicitar una devolución del 50% del exceso en que sus cotizaciones ingresadas superen los 10.440 euros.

Todo ello con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el Reta por el concepto de cotización por contingencias comunes de cobertura obligatoria, según la Orden de Cotización a la Seguridad Social para 2009 publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado sábado 24 de enero.

Para el Régimen General, la Orden establece un tope máximo de la base de cotización de 3.166,20 euros mensuales. El tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional será equivalente al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementado por el prorrateo de las percepciones de vencimiento superior al mensual que perciba el trabajador, sin que pueda ser inferior a 728,10 euros mensuales.

Para el Régimen Especial de Autónomos la base mínima de cotización queda fijada en 833,40 euros al mes y la máxima, al igual que en el Régimen General, en 3.166,20 euros mensuales.

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6 Comentarios »

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  1. mi pregunta es yo soy empleada del hagar¿cuales son mi derechos estando de baja?ahora que estamos en crisis ¿si me tiran a la calle ¿tengo derecho al paro?esto es un lio pues nadie me dice nada en claro,yo llebo 13 años en una casa y mi contrato es indefinido ,pero de media jornada,gracias por adelantado y aver si alguien me aclara algo.

    Comentario por maria teresa — 15 dEurope/Berlin Febrero, 2009 #

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  5. […] lo&#115 de&#115pido&#115, el pre&#115idente de l&#97 Feder&#97ción N&#97cion&#97l de &#84ra&#98ajadores Autóno&#109os p&#105ensa &#113ue “n&#105 los tra&#98ajadores n&#105 los autóno&#109os tene&#109os la culpa […]

    Pingback por Sólo se ha dado crédito al 0,03% del total de autónomos en España — 24 dEurope/Berlin Febrero, 2009 #

  6. Buenos días,

    Durante el primer trimestre de este año 2009, soliicté la devolución del 50% de la cotización de autónomo, al trabajar con cuenta ajena y propia.

    Mi consulta es como afecta está solicitud en la declaración de la renta? Debo especificar sólo el 50% o el 100%.

    Muchas gracias

    Comentario por Natàlia — 11 dEurope/Berlin Junio, 2009 #

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