El Gobierno regula el contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente
Publicado por marta - 21/02/09 a las 04:02:53 pmEl Consejo de Ministros acaba de aprobar el Real Decreto por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de Contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro, y se crea, además, el Registro estatal de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos.
A partir de la regulación de este contrato, un importante número de trabajadores autónomos podrán regularizar su situación, sobre todo, de aquellos que se encuentran en actividades como el transporte, seguros y agentes comerciales y reúnen las condiciones mencionadas.
El contenido del Real Decreto se divide en dos partes: Regulación del trabajador autónomo económicamente dependiente y Registro estatal de Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos.
¿Qué es un trabajador autónomo económicamente dependiente?
Es aquél que realiza una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para un cliente del que recibe, al menos el 75% de sus ingresos por rendimiento del trabajo y de actividades económicas o profesionales y en el que concurren las restantes condiciones establecidas en el Estatuto del Trabajo Autónomo.
La regulación del Real Decreto establece el contenido mínimo del contrato suscrito entre el autónomo económicamente dependiente y su cliente, que incluye la determinación de la jornada, los descansos y la interrupción anual de la actividad, de al menos 18 días hábiles, así como, el acuerdo de interés profesional que resulte de aplicación.
Artículos relacionados
- Retrato del autónomo dependiente español
- La siniestralidad laboral de los asalariados triplica la de los autónomos
- Los autónomos podrán disponer de avales por valor de 500 millones durante 2009
- Uno de cada cinco autónomos necesita contratar a nuevos trabajadores
- ¿Autónomo o SL?
1 Comentario »
RSS feed para los comentarios de esta entrada. URI para TrackBack.
Dejar un comentario
Bienvenido a Estartap.com, el blog donde hablaremos de emprendedores, internet y empresas en fase Startup
Este blog funciona gracias a WordPress | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad
Entradas y Comentarios feeds.
XHTML y CSS válidos.






[…] de los días de duración de los procesos de baja anuales que ofrecen los trabajadores por cuenta propia (38,26) frente a los asalariados (25,39), debido a que cuando un […]
Pingback por La siniestralidad laboral de los asalariados triplica la de los autónomos — 1 dEurope/Berlin Marzo, 2009 #